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CRS (Common Reporting Standard)

Esta nueva norma está dirigida a combatir la evasión fiscal internacional a través de la cooperación entre las administraciones tributarias.

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CRS (Global standard for automatic exchange of financial)

¿Qué es CRS?

El 13 de febrero de 2014 se publicó la norma sobre el intercambio automático de información de cuentas financieras CRS (global standard for automatic exchange of financial account information / Common Reporting Standard) desarrollada por la OCDE. 

Esta nueva norma está dirigida a combatir la evasión fiscal internacional a través de la cooperación entre las administraciones tributarias y obliga a los estados participantes (Colombia es un adoptante temprano de la norma) a obtener determinada información tributaria de las instituciones financieras e intercambiarla de forma automática con el resto de estados con una periodicidad anual (Resolución Número 000119 del 30 noviembre de 2015 DIAN).

Sujetos de reporte

CRS busca determinar el país de residencia fiscal, para tales efectos las Instituciones Financieras deben identificar aquellas cuentas cuyos clientes tienen más de un país de residencia fiscal diferente a EEUU y al país en el que tienen radicada sus cuentas (en nuestro caso Colombia) y reportar a la DIAN la información requerida.

Obligación fiscal

Bajo la regulación CRS, las autoridades fiscales imponen la obligación a las Instituciones financieras como Itaú CorpBanca Colombia S.A. S.A de recabar y reportar determinada información relacionada con la situación fiscal de sus clientes. Anexar lista de países.

Información

Para estar alineados con los requerimientos de la regulación CRS, se solicitará la siguiente información a los clientes para verificar datos:

  • Nombre.

  • Dirección.

  • Lugar de nacimiento personas naturales (cuando aplica a personas que ejercen el control de una entidad).

  • Fecha de nacimiento personas naturales (cuando aplica a personas que ejercen el control de una entidad).

  • País(es) de residencia fiscal (1, 2 y 3).

  • Número(s) de identificación Fiscal(es).

  • Lugar de constitución / incorporación (personas jurídicas).

  • Tipo de personas que ejercen el control en ciertos tipos de entidades bajo CRS.

Reporte a la DIAN

Además de lo anterior, se reportará la siguiente información a la DIAN:

  • Saldos.

  • Ingresos brutos de las cuentas.

  • Pagos realizados a la cuenta.

  • Balance de la cuenta.

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Información sujeta a cambios

El presente texto se publica exclusivamente para fines informativos y es un resumen de algunos aspectos generales de CRS que no incluye, ni pretende incluir todos los aspectos relevantes de dicha regulación. La información aquí contenida está sujeta, entre otros, a:

1. Cambios normativos en Colombia y en la OCDE

2. Cambio de interpretación de las normas colombianas o extranjeras por parte de las autoridades o las entidades financieras en Colombia o en el exterior.